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lunes, 19 de marzo de 2012

EL CAS, UN NUEVO YANACONAJE.

de Ivan Ore, el Domingo, 18 de marzo de 2012 a la(s) 14:23 ·

EL CAS, UN NUEVO YANACONAJE.
Por Iván Oré Chávez

Cada vez que veo nuestros “avances” políticos, sociales y económicos, me cercioro mas de nuestro retroceso hacia estructuras neocoloniales a gran escala. La oligarquía esta recreando a su añorada vieja colonia. Uno de esos ejemplos es el CAS.
Es un régimen laboral sujeto a la merced del gran cacique de un feudo burocrático. Recordemos que las constituciones de 1979 y 1993 están hechas para re-acomodar las viejas estructuras rurales a una “moderna” estructura urbana.
La gran mentira respecto al CAS o contratación administrativa de servicios consistió en engañar a la gente diciéndoles que aquellos que giraban recibos por honorarios recibirían más beneficios y seguridad legal. SE ENGAÑO BIEN AL PUEBLO. Antes existían 2 regímenes: 1) 276 de régimen público y 2) 728 de régimen privado. A parte existía una sección excluida de planilla disfrazada bajo el contrato civil formalmente no laboral de locación de servicios, quienes giraban recibos por honorarios y no figuraban en planilla a diferencia de los dos anteriores.
EL ENGAÑO
EL ENGAÑO consistió en mentir a la gente y decir que los excluidos iban a figurar en un nuevo régimen llamado CAS o contratación administrativa de servicios, en la cual tendrían más derechos, toda vez que como trabajadores por locación no tenia absolutamente nada. LA SOLUCIÓN hubiera sido cumplir con la ley que estipulaba la desnaturalización de esos contratos de locación y hasta multa por falta laboral de esas entidades estatales que operaban laboralmente en la ilegalidad.
Pero esa no era la intención. Lo que los grupos de poder querían era rebajar el estatus del trabajador público al de un peón, pongo o yanacón de oficina. Por eso crearon el CAS mediante DECRETO LEGISLATIVO Nº 1057 (Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios) dentro del paquete de normas neo-coloniales de junio de 2008 aprista-alanista. El ministro de entonces y padrino del CAS era MARIO PASCO COSMÓPOLIS, un abogado sirviente del estudio de abogados Rodrigo, Elías & Medrano, un bufete de la CASTA OLIGÁRQUICA PERUANA dirigido por el miembro número 1031 del Club Nazional LUIS CARLOS RODRIGO MAZURÉ, el Consultor-fundador de dicho estudio oligárquico.
LA EJECUCIÓN DEL ENGAÑO
Una vez dada la norma, vino la EJECUCIÓN DEL ENGAÑO. Si ustedes revisan a los columnistas y líderes de opinión a quienes prefiero llamar prosti-analistas, verán que ninguno explica la verdadera dimensión del CAS y su perjuicio para el trabajador estatal, más bien se llena de alabanzas y halagos y hasta dicen que los “críticos” son escandalosos y mentirosos.
Por el CAS ya no había CTS, es decir compensación por tiempo de servicios, una bolsa de dinero de propiedad del trabajador que crece mientras más tiempo, días, meses y años se tiene trabajando en la institución. Con el CAS el Estado se embolsica ese dinero y no le da ni un sol al trabajador.
Por el Cas se otorga la mitad de vacaciones, es decir 15 días. No da gratificaciones. Es decir el Cas sólo da 15 días de vacaciones y un seguro-pensión. CTS y gratificación no da el CAS. Era lo mismo que nada. La mentira era decir que “al menos algo tenían”, “que iba a ser progresivo” y todo eso para engañar y mentir a la gente. Ya nos estamos acostumbrando desgraciadamente.
El real efecto consistió en los trabajadores del régimen privado de la 728, terminaron contra su voluntad pasándose al CAS. Es decir sus derechos se vieron reducidos a más de la mitad. Y a los que ganaban por honorarios sus derechos aumentaron a menos de la mitad. ¿ESTO ES UN ENGAÑO O NO? ¿PASCO COSMOPOLIS, PADRE DEL DERECHO LABORAL? ¡¡DEJEN DE ENGAÑAR AL PUEBLO, LOS SIRVIENTES NO SON AMOS, NI CREADORES!!
LA VERDADERA DIMENSIÓN DEL CAS
El propio decreto decía: “La afiliación a un régimen de pensiones es opcional para quienes ya vienen prestando servicios a favor del Estado y son contratados bajo el presente régimen” es decir ya sabían que los 728 serian reducidos de categoría. ESTO ES UN FRAUDE.
Por el CAS cada cacique de una dependencia administrativa tiene el derecho de “requerir” a sus indios”. Pues los requisitos son los siguientes: 4.1 Requerimiento realizado por la dependencia usuaria; y  4.2 Existencia de disponibilidad presupuestaria, determinada por la oficina de presupuesto de la entidad o quien haga sus veces.
Por el CAS el cacique de feudo burocrático puede colocar a sus amiguitos con sueldos de más de 3 mil soles en las jefaturas para que “vigilen” por él, y a los nuevos pongos urbanos en puestos modestos de 700 o 600 soles.
Es la JERARQUIZACIÓN DEL NEO-YANACONAJE. En el imperio fundado por los INCAS, el yanacón podía ser colocado por el emperador como gobernador de una provincia conquistada. Mientras otros yanacones eran ubicados como labriegos de las tierras de las familias imperiales. En la Universidad Nacional de San Marcos, Facultad de Derecho, tenemos una excelente tesis sobre esta situación.
¡ES LO MISMO QUE ESTAMOS VIVIENDO EN LA ACTUALIDAD!!! Y NADIE DICE NADA. SOLO SE PREOCUPAN POR SER LOS NEO-YANACONES DE ALTA JERARQUÍA ¡¡¡QUE PASA CON ESTA GENTE!!!!
Si no conocemos la historia estamos condenados a repetirla.
SE AGRADECE LA DIFUSIÓN POR FAVOR.


domingo, 6 de marzo de 2011

Contratados en el 2011 perderán sus derechos laborales



Los planes antilaborales de organismos extranjeros como el Banco Mundial y el FMI se vienen cumpliendo (vía gobierno peruano) de modo lento pero seguro. Y por ello, de acuerdo a la Ley de presupuesto del sector Público para el año fiscal 2011, desde el presente año (dizque con el propósito de "ahorrar") el gobierno aprista ha dispuesto que todos los docentes contratados de todo el país integren el régimen de "Contratos Administrativos de Servicios CAS", de modo que sus sueldos actuales disminuyan en un 20%.

Pero hay más. Los docentes contratados perderán los siguientes derechos:

* No contarán con seguro de salud. (Las docentes que esperan bebés serán las más perjudicadas)
* No percibirán aguinaldos por fiestas patrias ni navidad.
* No estarán incluidos en planillas. Cobrarán mediante recibos por honorarios.
* No percibirán pago durante el período de vacaciones de medio año.
* No percibirán pago proporcional durantes los meses de enero y febrero.
* No percibirán pago por luto o sepelio.
* No percibirán pago alguno por zona diferenciad (selva, rural, frontera, altura).
* No percibirán pago por preparación de clase, ni bonificación familiar, etc.

En suma no recibirán ninguno de los beneficios contemplados en la ley del profesorado.

¿Por qué?

Porque el gobierno considera que el docente contratado, al no estar bajo el régimen de ninguna ley sino que es "simplemente un contratado", no debe gozar de ningún beneficio. En síntesís la modalidad del CAS será muy parecida a la de un trabajador por servicios no personales.

Un último dato: mientras los docentes nombrados percibieron 400 soles por escolaridad en enero del 2011, los contratados no. Ni tampoco lo recibirán.