miércoles, 15 de mayo de 2013

Minedu: Pago por preparación de clases se encuentra integrado en la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) del docente.


pago extra. Esa bonificación fue creada en el gobierno de Alan García sin realizarse un plan de pagos. Hoy miles de maestros reclaman ese beneficio. 

En la Ley de Reforma Magisterial no se consigna la bonificación especial de preparación de clases y evaluaciones de los maestros a nivel nacional, informó preocupado Hemer Villena Zuñiga, secretario general del Sutep. Entonces exigió que ese derecho sea devuelto.

Además denunció que el 90% de los profesores descendieron de nivel al entrar en vigencia dicha ley. "Los maestros realizan labores extra, fuera del horario de clases, por ejemplo, muchos de ellos preparan sus clases en sus casas y también corrigen los exámenes en sus predios, entre otras actividades", dijo Villena, tras indicar que antes recibían por esa labor el 30% de su sueldo.

A su turno, el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba, aclaró que este concepto se encuentra integrado en la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) del docente.

Además, dijo que esta bonificación fue creada en el gobierno de Alan García en 1990, sin realizar un plan de pagos. Luego el gobierno siguiente (Fujimori), mediante un decreto, interpretó la ley creando una bonificación total y permanente, pagando cinco conceptos de la remuneración.

"Al pagar el 30% de los conceptos, el monto era más pequeño. Luego en el 2006 un grupo de profesoras pidió que se aplique la ley mediante un proceso judicial, y lo logró. Entonces, otros profesores exigieron lo mismo", comentó Manuel Paiba.

130 MIL NO ASCENDERÍAN

Por otro lado, el representante del Sutep denunció que el 90% del profesorado descendieron de nivel al crear la Ley de Reforma Magisterial. Indica que en junio habrá una evaluación de ascenso, pero en ese concurso se ofrecerán 40 mil plazas, y se dejará de lado a 130 mil maestros sin la posibilidad de ascender.

Ante esta afirmación, Manuel Paiba explicó que existen 196 mil docentes en la Ley del Profesorado, de los cuales 117 mil están ubicados en el nivel II, quienes pese a que recibieron un aumento de sueldo, fueron descendidos al primer nivel magisterial.

"Desde enero los sueldos subieron y en los meses de junio y octubre se efectuará una nueva evaluación de ascenso, en la que voluntariamente los docentes de la Ley del Profesorado podrán saltar de nivel para recuperar o superar su categoría hasta el nivel VI", puntualizó.

Fuente: La República

domingo, 12 de mayo de 2013

Maestros trabajarán en permanente inestabilidad laboral, sostiene congresista Yonhy Lescano


Según el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, se reubicará a excedentes sin respetar su nivel, su especialidad, ni su modalidad docente: l congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Educación del Parlamento, declaró que el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial (Decreto Supremo 004-2013-ED) incurre en flagrantes violaciones a la legislación laboral, adicionales a las que ya contenía la propia ley reglamentada. Así por ejemplo, en el artículo 201.1 dispone un proceso de racionalización de plazas de carácter permanente, obligatorio y prioritario para identificar "excedentes", lo cual tendrá en una constante incertidumbre y zozobra a todos los docentes, porque dicho proceso puede utilizarse arbitrariamente para descartar a personas, más aún cuando lo dirigirán –según el artículo 203.1°- los directores de UGEL y los directores de las instituciones educativas. Los procesos de racionalización de plazas tienen que ser excepcionales, y no permanentes, para evitar los abusos. 


El daño de los procesos de racionalización es aún mayor, puesto que según el artículo 205° los profesores declarados como "excedentes" pueden ser reasignados "de una modalidad, nivel, ciclo o forma educativa a otra" con lo que se atenta contra los propios derechos reconocidos por la Ley de Reforma Magisterial como son los contenidos en el artículo 41° que dispone que el profesor tiene derecho a la estabilidad laboral (inciso d), y a desarrollarse profesionalmente (inciso a). Mal podría sostenerse que se respeta la estabilidad laboral de un profesor al que por "racionalización" se le cambia –contra su voluntad- de modalidad de enseñanza, de nivel, o de forma educativa, ya que la estabilidad es un concepto amplio que no sólo se refiere a no ser despedido arbitrariamente, sino también a la permanencia razonable de sus condiciones de trabajo. De igual modo, mal se puede hablar de que una declaratoria de excedencia y la consiguiente reasignación ayudarán a que el profesor se desarrolle profesionalmente. 

Estas normas tienen que ser modificadas, a fin de que las racionalizaciones sean eventuales, y no impliquen reasignaciones arbitrarias que atropellen derechos.


EDUCACIONENRED.COM

jueves, 9 de mayo de 2013

MAS DE 8 MIL MAESTROS SERAN CESADOS POR LIMITE DE EDAD ESTE AÑO


Así lo explicó Manuel Paiba Cossio, director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación.
Manuel Paiba Cossio, director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, informó que este 2013 más de ocho mil maestros mayores de 65 años serán cesados.
Y es que, de acuerdo con la nueva Ley de Reforma Magisterial (LRM), aprobada en noviembre de 2012, este es el límite máximo de edad permitido para ejercer la docencia.
Consultado sobre la situación en la que quedarán los alumnos a cargo del maestro cesado, Paiba explicó que el puesto deberá ser cubierto por contrato.
"El cargo que deja tendrá que ser cubierto por otro maestro a través de un contrato, hasta que se realice el concurso público", manifestó al diario La República.

Cabe recordar que antes los profesores se jubilaban a los 70 años, pero la nueva ley determina que el cese es cinco años antes.

30 de mayo: Paro de 24 horas - ¡Abajo la Ley de Reforma Magisterial!

DECRETO N° 01-2013-CNL-SUTEP 


CONSIDERANDO: 

Que, las potencias y superpotencias imperialistas se encuentran en profunda crisis general a nivel ideológico, político y principalmente económico como parte de la crisis generalizada de todo el sistema capitalista mundial, hoy sumido en recesión, que desde el 2008 no pueden superarlos. Empeñados en salvarse de esta crisis cíclica agudizan sus contradicciones interimperialistas y la contradicción principal imperialismo - naciones oprimidas; 

Que, estas potencias imperialistas están ejecutando un plan de agresión y saqueo en contra de las naciones y pueblos oprimidos del mundo, denominado “globalización” y sus “tratados de libre saqueo”, está descargando su crisis sobre los hombros del proletariado y el pueblo y lo realiza a través de la especulación de los precios de los minerales, el petróleo y actualmente de los alimentos incrementando la hambruna mundial, la miseria y pauperización a niveles jamás vistos en la historia. Millones mueren de hambre, principalmente niños. Ese es el sistema imperialista mundial al cual estamos sometidos. Para superar su crisis “militariza su economía”, criminaliza las luchas del pueblo, se lanza a guerras de agresión y rapiña para apoderarse de extensas áreas de recursos naturales. Así vemos a los mismos contendientes de la I y II guerra mundial, gestando la III guerra mundial por un nuevo reparto del mundo, siendo el principal promotor EE.UU. hoy devenido en gendarme mundial que solo impone sus condiciones militarmente, denotando debilidad política, ideológica y económica, confirmando su esencia de ser “tigre de papel” o “gigante con pies de barro”; 

Que, en el plano nacional, el Perú también está sumido en una crisis generalizada, por más propaganda que hagan de que “estamos creciendo cada año”. El pueblo sigue en la pobreza, los de “arriba”, la gran burguesía y los grandes terratenientes, amasan grandes fortunas con el hambre y trabajo de los de “abajo”. La pequeña burguesía, proletariado, campesinado principalmente pobre y hasta la burguesía nacional ven reducidas y hasta expoliadas sus oportunidades económicas con los TLC, y otros acuerdos comerciales que sólo benefician a las grandes transnacionales industriales y comerciales; la economía peruana cada año ingresa a nuevas crisis. Ollanta Humala, títere del imperialismo yanqui y fiel cumplidor de la política de “reducción del aparato estatal” impuesto por el FMI está acelerando el ahorro fiscal en salud y educación. Ejecutando medidas fascistas, anticonstitucionales, como la Ley de Reforma Magisterial Nº29944, verdadero garrote contra los Maestros y el pueblo, cuyo objetivo central es el despido masivo de maestros, así tener el camino libre para concesionar y/o privatizar las escuelas por medio de la “regionalización” para hacer caja y así cumplir fiel y puntualmente el pago de la monstruosa deuda externa; 

Que, en este contexto político internacional y nacional, se desarrolló con éxito la II Asamblea Nacional de Delegados del SUTEP, el 27 de Abril en la ciudad de Ica, donde se ratificó el reinicio de la Huelga Nacional Indefinida el presente año 2013, acordándose preventivamente un paro nacional de 48 horas y facultándose al Comité Nacional realizar las coordinaciones con otras regiones clasistas, progresistas y democráticas para implementar esta jornada lucha en forma conjunta enarbolando nuestro pliego y plataforma de 12 puntos ; 

Que, teniendo en cuenta la situación interna de otras regiones y considerando que “la velocidad de una tropa es la velocidad del soldado más lento” y con las facultades otorgadas por la magna II Asamblea Nacional; 

SE DECRETA: 

Artículo único.- PARO NACIONAL PREVENTIVO DE 24 HORAS, para el día 30 DE MAYO del 2013, enarbolando la siguiente Plataforma de Lucha: 
1. Respeto a la vigencia de la Educación Pública Gratuita en todos sus niveles, modalidades y etapas. Rechazo a todo intento de privatizar la escuela. 
2. Derogatoria de la nefasta Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, por ser inconstitucional. 
3. Restitución de los derechos laborales conculcados a los maestros, auxiliares, cesantes y jubilados, contemplados en la Ley del Profesorado Nº 24029 y 25212 (estabilidad laboral, beneficios, libre sindicalización, negociación colectiva y huelga, entre otros). 
4. Cese inmediato a la persecución política, detenciones arbitrarias y despidos a maestros y dirigentes sindicales, estudiantiles y populares. 
5. Pago inmediato de los beneficios laborales confiscados como bonificaciones, asignaciones, subsidios, refrigerio y movilidad, bonificación del 30% por preparación de clases y evaluación, etc. 
6. Pago completo, sin discriminación, de remuneraciones a los maestros contratados, considerando todos los derechos y beneficios que corresponden a los nombrados, “a igual trabajo igual remuneración”. 
7. Devolución de los aportes a la Derrama Magisterial, con sus respectivos intereses generados. 
8. Dotación de desayuno y almuerzo escolares a los estudiantes de educación primaria y secundaria. 
9. Incremento del presupuesto al Sector Educación en no menor del 6% del PBI. 
10. Rechazo a la aprobación de la Ley del Servicio Civil que liquida los derechos laborales de todos los trabajadores estatales. 
11. Contra todo tipo de contratación laboral bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS). 
12. Respeto y vigencia de los derechos pensionarios de los maestros y auxiliares activos, cesantes y jubilados. 


A la espera de su implementación y cumplimiento, le reiteramos nuestro reconocimiento. 
Clasistamente. 


Zenón Pantoja 
Lima, 28 de Abril del 2013

43% de DOCENTES DE PRIMARIA SUFREN ESTRÉS LABORAL AGUDO

 
43% de DOCENTES DE PRIMARIA SUFREN ESTRÉS LABORAL AGUDO (síndrome de Burnout, según investigación en Lima Metropolitana)

Como consecuencia de esto se disminuyen las defensas del cuerpo, proliferan enfermedades, se disminuye la capacidad intelectual, se generan reacciones agresivas. 

Qué puede pedir el gobierno de los docentes si llena los salones con 40 alumnos.
 Encima se genera un clima de competencia estresante con la nueva ley de reforma magisterial.
¿Podrá un docente trabajar bien, amorosamente con el miedo a ser despedido por mil razones?

¿Quienes enseñan en colegios particulares se salvan de esto perdiendo más derechos como la estabilidad, estando subyugados a la voluntad académica del director (a)?

¿Podrá un docente hacer un buen trabajo con paciencia con sus niños y con los padres teniendo que prepararse cada vez para examenes de "desempeño", de ascenso?

Es momento de defender la educación pública de calidad.

NO A LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, Sí a los derechos de la ley del profesorado, Sí a la evaluación pero para mejorar, no para despedir.

sábado, 4 de mayo de 2013

D. S. Nº 004-2013-ED - Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial

AQUI ALGUNAS OBSERVACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY 29944, APROBADO EL DIA DE HOY:
  • No mejora la situacion del presupuesto asignado al sector educacion. NO HAY PRESUPUESTO PARA MEJORAR SUELDOS Y REMUNERACIONES, MEJORAR INFRAESTRUCTURA, EQUIPAR LAS AULAS.
  • EN pleno siglo XXI quieren resultados al nivel de FINLANDIA, pero las CONDICIONES LABORALES son como en la edad de piedra (tizas de yeso y bancos de piedra o adobe, aulas con techo de estera, maestros con sueldo de hambre, estudiantes desnutridos)
  • No cambia la situacion de la BURROCRACIA que maneja el sector desde el ministerio. Nunca estuvieron en aulas, pero se sienten expertos al juzgar al maestro. Cambian las politicas educativas a su libre antojo, luego RESPONSABILIZAN al maestro de sus consecuencias.
  • AL MAESTRO le PIDEN estudiar diplomados, especializaciones, maestria y doctorado , pero solo percibe un sueldo de 1243 miseros nuevos soles. ¡ACASO NO TIENE FAMILIA? ¿acaso no considera el costo de vida e la ciudad de lima?. AL POBRE MAESTRO LE PIDEN MÁS GRADO ACADEMICO QUE al propio PRESIDENTE Y CONGRESISTAS. a cambio de un sueldo de hambre.
  • ya no HAY ESTABILIDAD LABORAL. Ahora el contrato general es de 3 años. 
  • ASIGNA AL MAESTRO mas responsabilidad (deberes) y ELIMINA automaticamente todos los DERECHOS ADQUIRIDOS en la ley 24029 - 25212. 
  • Es decir: TRABAJAS COMO NUNCA y percibes PEORES SALARIOS Y BENEFICIOS. Es decir ahora los maestros trabajaran con la comunidad, prepararn clases y evaluacion en sus casas y ademas obedeceran a pie puntillas a los caprichos del director para que trabajen horas extra y TODO ESO POR EL MISERO RIM. 1243 nuevos soles.
  • YA NO HAY 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION.
  • YA NO HAY ASIGNACION POR MAESTRIA Y DOCTORADO.
  • YA NO HAY EL SUELDO POR QUINQUENIO Y 20 AÑOS.
  • YA NO HAY LUTO Y SEPELIO, solo una UNICA bonificacion dependiente del antojo de gobierno de turno.
  • si por alguna circustancia SUFRES UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD en el trabajo, es culpa del maestro y el estado solo se limita a cesarlo. Ya no hay responsabilidad del estado por accidente en funcion docente.
  • EL DIA DEL MAESTRO desaparecio como por arte de magia.
  • LOS TRES DIAS de permiso por imprevistos tambien desaparecieron con la barita magica.

...
Y PARA COMPLETAR CON EL FAENON. al pueblo se le hace creer que el maestro gana 50 soles x hora, cuando la realidad es que solo cobra menos de 10 soles por hora (el profesional peor pagado del peru y de america). si ganara 50 soles por hora serian 24 x 50 = 1243 x 4semanas = 4,800 . que levante la mano el maestro que recibe ese sueldo .... nadie... excepto los COMECHADOS DEL MIISTERIO DE EDUCACION y EL CEN DEL SUTEP - PATRIA ROJA, ambos parásitos del sistema educativo que se alimentan con la sangre de los sufridos maestros.


Cumpliendo con el mandato del FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Y EL BANCO MUNDIAL , El SUMISO Gobierno Peruano SIRVIENTE DEL IMPERIO, por DECRETO SUPREMO Nº 004-2013-ED APRUEBA el “Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”.

Se aprobó el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial estipula nuevos niveles para el profesorado y, por lo tanto, sus respectivos aumentos. Se evaluará el desempeño de los docentes y si desaprueban en tres ocasiones serán despedidos.
ACCEDA AL REGLAMENTO - HACER CLICK AQUÍEduardo Salinas Y.

La nueva Ley de Reforma Magisterial sigue su marcha. El Poder Ejecutivo y el Ministerio de Educación aprobaron el reglamento de la Ley N° 29944 'Ley de Reforma Magisterial'. Este documento desarrolla y reglamenta los 6 títulos de la nueva ley aprobada el 25 de noviembre del 2012.(Click para agranadar la imagen)


Ahora, los profesores que vienen de los dos regímenes anteriores, que fueron la Ley del Profesorado (1984) y la Ley de la Carrera Pública Magisterial (2007), se unirán a este nuevo régimen. Que tiene en su estructura ocho escalas magisteriales y sus aumentos (ver infografía), las cuales tienen requisitos específicos vinculados a tiempo de permanencia, formación académica y competencias pedagógicas diferenciadas, tomando como base el Marco del Buen Desempeño Docente.

"Los profesores de la Ley de Carrera Pública, como ya fueron evaluados, se están reubicando en un nivel mayor. En el caso de los docentes de la antigua Ley del Profesorado, al no haber sido evaluados aún, se encuentran ubicados en los niveles I, II o III de esta nueva ley. Ahora, a partir de la publicación del nuevo reglamento se hará una evaluación para que sean ubicados en los niveles superiores, hasta el sexto nivel", explicó Martín Vegas, viceministro de Educación.

Pero ¿cómo podrán ascender los profesores en la Ley de Reforma Magisterial? Tal y como refiere el viceministro Vargas, los maestros ingresarán al nuevo régimen por sus conocimientos, a fin de ser reubicados en una de las escalas magisteriales.

"El ingreso a la Ley de Reforma Magisterial se divide en dos etapas, una nacional, a cargo del Ministerio de Educación, y otra en la institución educativa. La primera consiste en una prueba clasificatoria en la que se califican las habilidades generales del maestro, conocimientos disciplinarios o de la especialidad, nociones pedagógicas y curriculares", comentó el viceministro.

La segunda etapa está a cargo de la institución educativa en la que trabaja el docente y en ella se evalúa la capacidad didáctica, formación profesional, méritos y experiencia profesional del profesor. El puntaje total del postulante para determinar su ubicación en el cuadro de méritos resulta de sumar los puntajes obtenidos en las dos etapas. El postulante es nombrado siempre que alcance plaza vacante y supere el puntaje mínimo establecido, en estricto orden de méritos.

"En octubre del 2013 se realizará la evaluación de reubicación; esta es voluntaria para los profesores que vienen de la Ley del Profesorado (de 1984) y que desean pasar a una escala más alta", dijo Vegas.

DESEMPEÑO DOCENTE

Luego, al estar ubicados en una escala magisterial, los profesores tendrán una evaluación de desempeño docente, que se realizará cada 3 años. Esto determinará los ascensos y la permanencia de los profesores en la carrera.

"La evaluación del desempeño es más que un examen, ya que también se evalúa el trabajo del profesor en el aula; al aprobar estas evaluaciones el profesor se presenta al ascenso en la estructura de escalas magisteriales", sostuvo el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba.

El funcionario indicó que este reglamento también permite identificar las necesidades de formación en el servicio del profesor para mejorar su práctica docente. Pero ahora, el maestro debe tener en cuenta que si desaprueba esta evaluación de desempeño en tres oportunidades, el Ministerio de Educación lo despedirá de su puesto laboral.

"Cuando un docente desaprueba la evaluación de desempeño, el Ministerio de Educación lo capacita por 6 meses; posteriormente la entidad ministerial nuevamente lo evalúa, y si desaprueba por segunda vez lo seguirá capacitando. Si la desaprobación persiste, se le rescindirá el contrato, previo pago de las obligaciones de ley que la institución debe depositar", informó Paiba.

Además, la ley contempla el concurso para evaluación de ascenso que busca promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, evaluando la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos. También la evaluación para el acceso a cargos, como los de directores y jefes de Ugel.

"Entre los meses de julio y setiembre se evaluará a los docentes que deseen acceder a un cargo como director de colegio. Vamos a poner a concurso 15 mil plazas de directores de instituciones educativas; los profesores deberán demostrar capacidad para la gestión educativa", argumentó el viceministro.

ALGUNAS CRÍTICAS

El educador Idel Vexler revisó en forma preliminar el reglamento e indicó que en este reglamento no se fijan las asignaciones y bonificaciones referidas a los cargos de director, subdirector, a los que trabajan en áreas rurales, y otros beneficios que en la antigua ley sí se encontraban establecidos.

"Hay que reconocer que ha habido un avance en relación con el anteproyecto de ley, al no establecer que para el sexto y sétimo nivel se requería la maestría y para el octavo el doctorado. Ahora se pide la maestría para el sétimo y el doctorado para el octavo. Creo que es un avance, aunque hubiera sido positivo que no se exija el doctorado en la escala magisterial. Pero hay que analizar bien el reglamento porque existen muchas aristas que se deben destacar o criticar", expresó Idel Vexler.

Por su parte el secretario general del Sutep, Hamer Villena, criticó la nueva ley de reforma magisterial porque, explicó, reduce la participación gremial. “Con este nuevo reglamento no podemos evaluar a los contratados y ni participar en los procesos de nombramiento de docentes ni administrativos. Además no nos permite realizar evaluaciones de desempeño. No existe tolerancia en la tardanza y da facultades excesivas al director para que haga una labor de fiscalización”, precisó.

LOS PROFESORES QUE SUPEREN LOS 65 AÑOS DE EDAD SERÁN JUBILADOS

Antes los profesores se jubilaban a los 70 años, ahora con el reglamento ocurrirá a los 65 años.

"En este mes de mayo todos los profesores que se encuentren en el tramo de los 65 y 70 años, serán jubilados. Ellos recibirán una compensación por tiempo de servicios", expresó el viceministro Martín Vegas.

La autoridad ministerial indicó que esta compensación se encuentra en ascenso en el nuevo reglamento. Ahora los maestros reciben por año de servicios un catorceavo de su remuneración anual por compensación de tiempo de servicios.

El reglamento dice en el artículo 114.- Retiro por límite de edad: "El profesor es retirado definitivamente al cumplir sesenta y cinco (65) años de edad. El retiro se efectúa de oficio debiendo la administración comunicar del hecho al profesor en un plazo no menor de quince (15) días calendario previos al retiro.

EN CIFRAS

15 mil plazas para directores habrá el 2013, la evaluación es para que demuestren su capacidad de gestión.

1,243 es el salario de un maestro al encontrarse en el I nivel de la escala, tras laborar 24 horas pedagógicas semanales.

2 veces se permitirá al docente desaprobar en la evaluación. A la tercera será despedido.

Más Datos

El congresista Daniel Mora cuestionó la ausencia de los montos de asignaciones basados en la jornada laboral de 40 horas pedagógicas para ser considerados en el presupuesto del próximo año, así como la falta de leyes que regulen los dos concursos excepcionales de acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala.

“En el reglamento no están contemplados estos montos, esto debe hacerse por el decreto supremo específico, norma que estamos preparando con los cálculos correspondientes para su efecto presupuestal”, dijo Salas, antes de informar que los citados concursos están siendo elaborados todavía.


Fuente:

La República

El Comercio