Alertamos a la comunidad educativa que el Poder Ejecutivo ha presentado el proyecto de ley Nº 04658 al Congreso, por el cual se "Incorpora los cargos de Director Regional de Educación y de Unidad de Gestión Local, a la Ley de la Carrera Pública Magisterial, y modifica el proceso de su ingreso".
Creemos necesario conocer las implicancias de esta propuesta y por ello Foro Educativo recoge las diversas opiniones de especialistas para enriquecer el debate. Descargue el proyecto de ley en la parte inferior.
Opinión de Gloria Helfer
Ex Ministra de Educación - Asociada de Foro Educativo
"Me parece que el proyecto tiene repercusiones que son graves. Una de ellas es que vulnera la autonomía de la escuela al devolver la segunda etapa de los concursos de nombramiento de los docentes a las UGEL. Esta responsabilidad de acuerdo al artículo de la ley que se pretende modificar, recae en el Director de la Institución Educativa."
"Por otro lado, solo podrán ser nombrados Director Regional de Educación (DRE) y Director de Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) los docentes que pertenecen a la CPM si ganan un concurso público. De ser así, ¿cuántos profesores incorporados a la carrera están en condiciones de participar? "
"Este proyecto de ley ha sido presentado al Congreso por el presidente Alan García y el ministro José A. Chang, solicitado que se trate con carácter de urgente.
Opinión de Gloria Helfer
Ex Ministra de Educación - Asociada de Foro Educativo
"Me parece que el proyecto tiene repercusiones que son graves. Una de ellas es que vulnera la autonomía de la escuela al devolver la segunda etapa de los concursos de nombramiento de los docentes a las UGEL. Esta responsabilidad de acuerdo al artículo de la ley que se pretende modificar, recae en el Director de la Institución Educativa."
"Por otro lado, solo podrán ser nombrados Director Regional de Educación (DRE) y Director de Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) los docentes que pertenecen a la CPM si ganan un concurso público. De ser así, ¿cuántos profesores incorporados a la carrera están en condiciones de participar? "
"Este proyecto de ley ha sido presentado al Congreso por el presidente Alan García y el ministro José A. Chang, solicitado que se trate con carácter de urgente.
Ya se le ha exonerado del trámite de comisiones. Por tanto en la Comisión de Educación no se debatirá".
"Los grandes reclamos y denuncias de corrupción que se han hecho a otros concursos anteriores no nos hacen presagiar que las condiciones serán mejores ahora".
¿En que beneficiaría que hoy se tome semejante medida apresurada sin debate alguno y sin ningún estudio de sus efectos en la gestión educativa?" ¿Cuál es la razón de semejante apresuramiento? ¿El gobierno aprista quiere sacar a concurso las plazas antes de partir? ¿Quiere así dejar ya "instalados" en puestos claves a funcionarios que ellos seleccionaron a través de concursos que ellos manejaron a su manera? ¿No es suficiente el escándalo desatado con las pruebas vendidas a los profesores que postulan para nombramientos?
Opinión de Carlos Malpica
Ex Ministro de Educación - Asociado de Foro Educativo
El pasado viernes 4 el Poder Ejecutivo ha remitido al Congreso el Proyecto de Ley 4658/2010-PE "que incorpora los cargos de Director Regional de Educación y de Unidad de Gestión Local a la Ley de la Carrera Pública Magisterial y modifica el proceso de su ingreso".
La súbita iniciativa del Ejecutivo se produce en circunstancias de una campaña electoral en la que casi todos los Planes de Gobierno 2011-2016 entregados al Jurado Nacional de Elecciones plantean mejoras o correcciones a la Ley de la Carrera Pública Magisterial; pero sin precisar qué van a cambiar, ni cómo, ni cuándo, ni con cuánto.
En un rápido análisis del referido Proyecto de Ley me sorprenden cinco cuestiones:
1.- Su escueta "Exposición de Motivos" parece una hoja de remisión, pues no sustenta las modificaciones que propone a siete artículos de la Ley 29062.
2.- Porque denomina indebidamente "institucional" a la gestión que ejercen el Director Regional de Educación y el Director de Unidad de Gestión Local (UGEL).
3.- Porque encarga a la UGEL la presidencia del Comité de Evaluación para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial (en concurso público), Comité en el que la representación de los docentes no es gremial y excluye a los docentes fuera de la Carrera Pública Magisterial. Además de omitir los procesos a nivel de las instituciones educativas, se limita la responsabilidad de la Dirección Regional de Educación, a pesar de que la UGEL subsiste como un órgano "desconcentrado" de la Dirección Regional de Educación, pues no se ha "descentralizado", como lo ordena el artículo 73 de la Ley General de Educación. En cambio sí se incluye en el Comité a un representante del Ministerio de Educación.
4.- Porque convierte el cargo de Director Regional de Educación en un cargo de confianza del Gobierno Regional, sin precisar más requisito (ni procedimiento) que exigir que pertenezca al nivel IV o V de la Carrera Pública Magisterial.
5.- Porque el cargo de Director de UGEL es por concurso público que convoca la Dirección Regional de Educación; pero sujeta a procedimientos y criterios de evaluación que fija el Ministerio de Educación. Además, el Ministerio de Educación se reserva la convocatoria de los concursos públicos para cubrir los cargos de director y subdirector de instituciones y programas educativos en todo el país. En ambos casos no se respetan los grados de autonomía ya adquiridos en el proceso de descentralización; no se avanza en el empoderamiento de la institución educativa, y no se precisan criterios y mecanismos para un eficiente ejercicio de las competencias que en materia de educación deben compartir el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales.
César Sánchez Cuadros
Coordinador Línea de Descentralización de Foro Educativo
Es pertinente incorporar como un área de desempeño laboral de la Carrera Pública Magisterial, a los directores de DRE y UGEL, y avanzar en el reclutamiento de los mejores cuadros para la gestión, en el marco de un debate sobre los necesarios ajustes de la ley.
Con el actual alcance que tiene la Carrera Pública Magisterial, solo un número muy limitado de docentes podrían acceder a estos cargos.
Se le retira a la Institución Educativa, la facultad de evaluar a los docentes, y se la transfiere a las UGEL. Esto en la práctica afecta la autonomía de las IIEE y del Director.
Se recorta o condiciona la autonomía de los Gobiernos Regionales, para designar a los directivos de confianza.
La evaluación para la permanencia en el cargo de los Directores de DRE y UGEL, dependerá ahora de "criterios establecidos" por el nivel central o MED.
Todo hace indicar que este proyecto tiene una finalidad política de reforzar el centralismo, y en el escenario electoral y de cambio de administración, impone nuevas condiciones tanto al nuevo gobierno central como a los gobiernos regionales y abre una perspectiva de conflicto, con los gobiernos regionales y con el magisterio.
Queda claro que no es gratuita la resistencia del Ministro de Educación de presentar para su discusión y promulgación la Ley de Organización y Funciones (LOF) del ministerio, que justamente permitirá definir su rol rector y paralelamente precisar las funciones de cada nivel de gobierno y evitar que en medio de ciertas imprecisiones y ambigüedades normativas.
Finalmente, un llamado de atención frente a esta práctica que viene implementando el gobierno aprista a unos meses del cambio de autoridades nacionales. Recordemos que en plena elección de autoridades regionales y locales a fines del año pasado, vía un decreto de urgencia se incorporó a cientos de municipalidades en el Plan de Municipalización, ahora a través de un pedido de trámite de urgencia, el presidente García y el ministro Chang han presentado al Parlamento, hoy en receso, un proyecto de ley para modificar ciertos artículos de la Ley de Carrera Pública Magisterial. Estas "iniciativas" forman parte de otras medidas de este carácter que inciden seriamente en temas de política fiscal y de la defensa del medio ambiente. Hay que estar alertas.
Opinión Manuel Iguiñiz
Gerente de Programa Regional de Lima Metropolitana ...
Proyecto de Ley Nº 4658
Opinión de Carlos Malpica
Ex Ministro de Educación - Asociado de Foro Educativo
El pasado viernes 4 el Poder Ejecutivo ha remitido al Congreso el Proyecto de Ley 4658/2010-PE "que incorpora los cargos de Director Regional de Educación y de Unidad de Gestión Local a la Ley de la Carrera Pública Magisterial y modifica el proceso de su ingreso".
La súbita iniciativa del Ejecutivo se produce en circunstancias de una campaña electoral en la que casi todos los Planes de Gobierno 2011-2016 entregados al Jurado Nacional de Elecciones plantean mejoras o correcciones a la Ley de la Carrera Pública Magisterial; pero sin precisar qué van a cambiar, ni cómo, ni cuándo, ni con cuánto.
En un rápido análisis del referido Proyecto de Ley me sorprenden cinco cuestiones:
1.- Su escueta "Exposición de Motivos" parece una hoja de remisión, pues no sustenta las modificaciones que propone a siete artículos de la Ley 29062.
2.- Porque denomina indebidamente "institucional" a la gestión que ejercen el Director Regional de Educación y el Director de Unidad de Gestión Local (UGEL).
3.- Porque encarga a la UGEL la presidencia del Comité de Evaluación para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial (en concurso público), Comité en el que la representación de los docentes no es gremial y excluye a los docentes fuera de la Carrera Pública Magisterial. Además de omitir los procesos a nivel de las instituciones educativas, se limita la responsabilidad de la Dirección Regional de Educación, a pesar de que la UGEL subsiste como un órgano "desconcentrado" de la Dirección Regional de Educación, pues no se ha "descentralizado", como lo ordena el artículo 73 de la Ley General de Educación. En cambio sí se incluye en el Comité a un representante del Ministerio de Educación.
4.- Porque convierte el cargo de Director Regional de Educación en un cargo de confianza del Gobierno Regional, sin precisar más requisito (ni procedimiento) que exigir que pertenezca al nivel IV o V de la Carrera Pública Magisterial.
5.- Porque el cargo de Director de UGEL es por concurso público que convoca la Dirección Regional de Educación; pero sujeta a procedimientos y criterios de evaluación que fija el Ministerio de Educación. Además, el Ministerio de Educación se reserva la convocatoria de los concursos públicos para cubrir los cargos de director y subdirector de instituciones y programas educativos en todo el país. En ambos casos no se respetan los grados de autonomía ya adquiridos en el proceso de descentralización; no se avanza en el empoderamiento de la institución educativa, y no se precisan criterios y mecanismos para un eficiente ejercicio de las competencias que en materia de educación deben compartir el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales.
César Sánchez Cuadros
Coordinador Línea de Descentralización de Foro Educativo
Es pertinente incorporar como un área de desempeño laboral de la Carrera Pública Magisterial, a los directores de DRE y UGEL, y avanzar en el reclutamiento de los mejores cuadros para la gestión, en el marco de un debate sobre los necesarios ajustes de la ley.
Con el actual alcance que tiene la Carrera Pública Magisterial, solo un número muy limitado de docentes podrían acceder a estos cargos.
Se le retira a la Institución Educativa, la facultad de evaluar a los docentes, y se la transfiere a las UGEL. Esto en la práctica afecta la autonomía de las IIEE y del Director.
Se recorta o condiciona la autonomía de los Gobiernos Regionales, para designar a los directivos de confianza.
La evaluación para la permanencia en el cargo de los Directores de DRE y UGEL, dependerá ahora de "criterios establecidos" por el nivel central o MED.
Todo hace indicar que este proyecto tiene una finalidad política de reforzar el centralismo, y en el escenario electoral y de cambio de administración, impone nuevas condiciones tanto al nuevo gobierno central como a los gobiernos regionales y abre una perspectiva de conflicto, con los gobiernos regionales y con el magisterio.
Queda claro que no es gratuita la resistencia del Ministro de Educación de presentar para su discusión y promulgación la Ley de Organización y Funciones (LOF) del ministerio, que justamente permitirá definir su rol rector y paralelamente precisar las funciones de cada nivel de gobierno y evitar que en medio de ciertas imprecisiones y ambigüedades normativas.
Finalmente, un llamado de atención frente a esta práctica que viene implementando el gobierno aprista a unos meses del cambio de autoridades nacionales. Recordemos que en plena elección de autoridades regionales y locales a fines del año pasado, vía un decreto de urgencia se incorporó a cientos de municipalidades en el Plan de Municipalización, ahora a través de un pedido de trámite de urgencia, el presidente García y el ministro Chang han presentado al Parlamento, hoy en receso, un proyecto de ley para modificar ciertos artículos de la Ley de Carrera Pública Magisterial. Estas "iniciativas" forman parte de otras medidas de este carácter que inciden seriamente en temas de política fiscal y de la defensa del medio ambiente. Hay que estar alertas.
Opinión Manuel Iguiñiz
Gerente de Programa Regional de Lima Metropolitana ...
Proyecto de Ley Nº 4658
Fuente: Foro Educativo
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